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Incoterms

Descripción
 
Los incoterms (acrónimo del inglés international commercial terms, "términos internacionales de comercio") son normas acerca de las condiciones de entrega de las mercancías. Se usan para dividir los costes de las transacciones comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades entre el comprador y el vendedor, y reflejan la práctica actual en el transporte internacional de mercancías.

El objetivo fundamental de los incoterms consiste en establecer criterios definidos sobre la distribución de los gastos y la transmisión de los riesgos entre la parte compradora y la parte vendedora en un contrato de compraventa internacional.
Categorías y Definiciones

 

Actualmente están en vigor los Incoterms 2020 en 11 denominaciones:

Grupo E – Entrega directa a la salida

 

EXW Ex Works/ En fábrica:

El vendedor/exportador pone la mercancía a disposición del comprador en sus instalaciones. Todos los gastos a partir de ese momento son por cuenta del comprador/importador.

El seguro no obligatorio será por cuenta del comprador/exportador.
El incoterm EXW se puede utilizar con cualquier tipo de transporte o con una combinación de ellos.

 

Grupo F – Entrega indirecta, sin pago del transporte principal

 

FCA Free Carrier/ Libre transportista:

El vendedor se compromete a entregar la mercancía en un punto acordado dentro del país de origen y asume costes y riesgos hasta la entrega de la mercancía en ese punto convenido, incluidos los costes del despacho de exportación, excepto si el lugar designado son las instalaciones del vendedor (FCA almacén), en cuyo caso la mercancía se entrega en dicho punto cargada en los medios de transporte dispuestos por el comprador y asumiendo el coste el comprador.

El comprador asume los gastos desde la carga a bordo hasta la descarga, incluido el seguro si se contratara por ser quién asume el riesgo cuando se carga la mercancía en el primer medio de transporte.

La novedad del FCA respecto a los incoterms de 2010 es que cuando se trate de transporte marítimo el comprador puede indicar a su transportista que emita un B/L (Bill of Landing/ Carta de Embarque), al vendedor con la especificación “on board” (a bordo), como justificante de la entrega de la mercancía para facilitar la operativa de los créditos documentarios y que se abone así el crédito al vendedor como garantía del Banco pero que no es parte en el contrato de transporte.

El incoterm FCA se puede utilizar con cualquier tipo de transporte: transporte aéreo, ferroviario, por carretera y en contenedores/transporte multimodal. Es un incoterm poco usado.

 

FAS Free Alongside Ship/ Libre al costado del buque

El vendedor entrega la mercancía en el muelle pactado del puerto de carga convenido; esto es, al lado del barco. 
El vendedor es responsable de las gestiones y costes de la aduana de exportación.

El comprador gestiona la carga a bordo, estiba, flete y demás gastos hasta entrega en destino, incluido el despacho de importación y el seguro si se contratara ya que no es obligatorio. Además asume los riesgos una vez la mercancía está en el muelle de carga antes de cargarse en el buque.

l incoterm FAS sólo se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial y se emplea generalmente para mercancías especiales que tienen unas necesidades de carga específicas.

FOB Free On Board/ Libre a bordo: 

El vendedor entrega la mercancía sobre el buque y es responsable de las gestiones y costes de la aduana de exportación. El vendedor contrata el transporte a través de un transitario o un consignatario, pero el coste del transporte lo asume el comprador.

El comprador se encarga de los costes del flete, descarga, trámites de importación y entrega en destino, así como del seguro si lo quisiera contratar. La transmisión de riesgos tiene lugar cuando la mercancía está a bordo.

El incoterm FOB se utiliza exclusivamente para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.

 

Grupo C – Entrega indirecta, con pago del transporte principal
 

CFR Cost and Freight/ Coste y flete:

El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento que la mercancía se encuentra cargada en el buque, en el país de origen.

El comprador se ocupa de los trámites de la importación y de gestionar el transporte hasta el destino.

El incoterm CFR sólo se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.

 

CIF Cost, Insurance and Freight/ Coste, seguro y flete:

El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.
Como en el incoterm CFR, el riesgo se transfiere al comprador en el momento que la mercancía se encuentra cargada en el buque, en el país de origen. 

El comprador es quien asume los gastos de importación y el transporte hasta destino.

La novedad de este incoterm en la versión 2020 hace referencia a las coberturas del seguro que debe contratar el vendedor apuntando que deben ser las mismas que las proporcionadas por las Cláusulas C de las Institute Cargo Clauses, es decir el seguro debe cubrir hasta la llegada a puerto de destino. Es un incoterm muy utilizado ya que determina el valor en aduana.

El incoterm CIF se utiliza para cualquier transporte, pero sobre todo barco, ya sea marítimo o fluvial.

 

CPT Carriage Paid To/ Transporte pagado hasta:

El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercancía al primer medio de transporte contratado por el vendedor, es decir el transportista dentro del país de origen.
El incoterm CPT se puede utilizar con cualquier modo de transporte incluido el transporte multimodal (combinación de diferentes tipos de transporte para llegar a destino).

CIP Carriage and Insurance Paid/ Transporte y seguro pagados hasta

El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino. El riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercancía en el primer medio de transporte, esto es, al transportista dentro del país de origen. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.

El comprador/importador se encarga de los trámites de importación y la entrega en destino.

La novedad en este incoterm respecto a los incoterms de 2010 reside de nuevo en las coberturas del seguro, en este caso, el seguro además de obligatorio debe contener las mismas coberturas que las proporcionadas por las Cláusulas A de las Institute Cargo Clause, la mercancía debe estar asegurada hasta la entrega al transportista en destino.

El incoterm CIP se puede utilizar con cualquier modo de transporte o con una combinación de ellos (transporte multimodal).

 

Grupo D – Entrega directa en la llegada

 

DPU Delivered at place Unloaded/ Entregada en lugar descargada

El vendedor asume los costes y riesgos originados en origen, embalaje, carga, despacho de exportación, flete, descarga en destino y entrega en el punto acordado.

El comprador asume los tramites del despacho de importación.

Este incoterm es de nueva creación y sustituye a DAT, en realidad lo que hace es ampliar las opciones de entrega ya que DAT indicaba que la entrega debía realizarse en la terminal, ahora con DPU la entra pueda realizarse en otro lugar acordado además de en la terminal.

DAP Delivered At Place/ Entregado en un punto

El vendedor asume todos los gastos y riesgos de la operación salvo el despacho de importación y descarga en destino, es decir todos los gastos en origen, flete y transporte interior.

El comprador únicamente debe ocuparse del despacho de importación y de la descarga.

Este incoterm es válido para todos los medios de transporte, el seguro no es obligatorio, pero si se contratará los gastos los asumiría el vendedor.

DDP Delivered Duty Paid/ Entregado con derechos pagados

El vendedor asume todos los gastos y riesgos desde el embalaje y verificación en sus almacenes hasta la entrega en el destino final, incluidos los despachos de expoertación e importación, flete y seguro si se contratara.

El comprador solo debe recibir la mercancía y generalmente descargarla, aunque puede ocuparse también el vendedor.

Este incoterm es justo el opuesto a EXW, el vendedor asume todos los gastos y riesgos.

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